Existe una distinción sutil entre pueblo y población, aunque aquí se usan como vocablos sinónimos:
- La población es un grupo humano que reside en un cierto espacio físico, guardando con éste una relación también de carácter físico. Es, en otras palabras, un conjunto de habitantes que se asienta sobre un territorio determinado, vinculados por hechos de convivencia. La población adquiere la calidad de comunidad cuando están presentes elementos comunes de carácter histórico, religioso o económico.
- El pueblo es la sustancia humana del Estado.
El concepto jurídico relacionado con la población es la nacionalidad:
- Que implica una relación política entre un individuo y un Estado determinado.
- Que se define como el vínculo político y jurídico que relaciona a un individuo con un Estado.
En México la Constitución establece la nacionalidad mexicana no en términos conceptuales o de abstracción, sino mediante el señalamiento de quiénes tienen la calidad jurídica de "mexicano", cuáles son sus prerrogativas y obligaciones y cómo puede perderse esa calidad o relación jurídica.
La nacionalidad es un vínculo político porque implica una condición imprescindible de la ciudadanía.